Informatización en Cuba: hacia la protección de datos personales

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Ministerio de Justicia
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Varios proyectos de leyes de gran trascendencia para el país serán debatidos y sometidos a votación a partir de hoy, durante la V sesión extraordinaria de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), en su IX Legislatura.

Uno de ellos es el Proyecto de Ley de Protección de Datos Personales, sobre el cual Rosabel Gamón Verde, viceministra primera de Justicia, explicó que en el ejercicio de redacción para dotar al país de un texto regulador en este tema participó un grupo de expertos de diferentes entidades, quienes tuvieron en cuenta experiencias de otros países para adaptarlas al peculiar contexto cubano.

Entre los organismos representados en ese equipo figuran el Ministerio de Justicia (Minjus), la Fiscalía de la República, el Tribunal Supremo Popular, el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Comunicaciones, el Ministerio del Interior y agrupaciones de los bufetes colectivos, destacó Gamón Verde.

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Según Wilfredo López Rodríguez, director de Regulaciones del Ministerio de Comunicaciones, la propuesta de ley cuenta con un componente importante de responsabilidad personal en la protección de datos, a la vez que vincula a las entidades y organismos con el deber de acatar las responsabilidades y garantías que otorga al ciudadano con respecto a su información.

A partir de la magnitud de las infracciones, se puede incurrir en un delito punible y, de acuerdo con su gravedad, se evalúa legalmente según el Código Penal, también sometido al debate legislativo, agregó.

El directivo destacó la coherencia del texto con la normativa vigente por lo cual, como aparato legal, constituye una declaración de principios, procederes y definiciones mientras otras regulaciones establecen maneras de implementación y el marco sancionador por el que se rige.

De acuerdo con Ana Hernández Mur, jefa de Dirección de Información y Análisis de la Fiscalía General de la República, el proyecto de ley establece varias capas de protección que dotan al individuo de la capacidad de decidir cómo se manejan sus datos personales.

El ciudadano tendrá derecho a preguntar y recibir respuestas y garantías acerca de los usos y la necesidad de recopilar los datos, cómo se conservarán, dónde se guardarán, cómo se protegerán de la sustracción, pérdida, deterioro y le permitirá resguardarse a la hora de exigir que se borren porque ya se cumplió la finalidad de los mismos, consideró Hernández Mur.

Afirmó igualmente que el Código Penal incorpora en su Título XV, donde se encuentran los delitos contra el honor, una nueva figura delictiva referida a los actos contra la intimidad, imagen, voz, datos o identidad de otras personas. Por tanto, el uso indebido del tratamiento de los datos personales puede dar lugar a una acción de protección de datos de carácter civil o a través de la responsabilidad penal.

Estas normativas incluirán, además, a quienes que se dediquen a romper medidas de seguridad de sistemas, sustraer datos, o a su comercialización ilegal y que con el propósito de afectar la identidad de otra persona obtengan, faciliten, reproduzcan, divulguen, transmitan, o mantengan en su poder una grabación o reproducción de sonido, fotos, vídeos, mensajes o cualquier otra información de carácter personal o familiar, concluyó.

Los especialistas coincidieron en que resulta necesario un esfuerzo adicional en la tarea de contextualizar dichas nociones en las condiciones específicas del país, y esto solo será posible mediante el trabajo en la educación jurídica, promoción y conocimiento de la ley, aunque se ha podido constatar un criterio positivo hacia las medidas por parte de la población de cara a su importancia en el proceso de informatización de la sociedad.

Etiquetas
Proyecto de Ley de Protección de Datos Personales
Fuente
http://www.acn.cu/

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