Registros Públicos

Es la institución pública creada por disposición legal, que tiene por objeto la inscripción o anotación en libros en cualquier soporte, y según los procedimientos establecidos, de los elementos esenciales respecto a los hechos, actos, bienes, personas, documentos, derechos, obligaciones y otras circunstancias de interés general determinadas por la ley, para otorgar certeza y validez, como fundamento de la seguridad jurídica, mediante la publicidad de la información que contienen.

Sistema de Registros Públicos: Es el conjunto de registros públicos, integrados e informatizados, a fin de garantizar su funcionamiento racional y coherente.

Esta Dirección tiene como misión ejercer la dirección técnica, normativa y metodológica, el control y la supervisión de la actividad registral en nuestro país. A esta Dirección pertenece el Departamento de Registros del Estado Civil y tiene subordinados directamente el Registro Especial del Estado Civil y el Registro de Actos y Hechos de Cubanos en el Exterior. El Registro del Estado Civil es la institución de carácter público, a través de la cual el Estado garantiza la inscripción de los hechos y actos relacionados con el estado civil de las personas y su publicidad.

Atesoran el historial jurídico civil de cada ciudadano, provee al individuo de identidad, marcando el principio y el fin de su personalidad jurídica y constituye un medio para la formación de las estadísticas demográficas, de salud y otras de interés social.