Motivos para una inscripción en el Registro de la Propiedad

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MJ
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En ocasiones los conflictos relacionados con la posesión de una propiedad han sido fuertes motivos de litigio. Hace algunas décadas, cuando ese sistema registral por una razón u otra perdió la cotidianidad de inscribirlas, las personas quedaron un tanto desprotegidas y proliferaron los conflictos.

 Es así que el Ministerio de Justicia (Minjus) se dio a la tarea de rescatar sus oficinas registrales, preparar a los registradores y al resto del personal administrativo y comenzar a ordenar este proceso.

 Al respecto la MsC Alicia López Pérez, directora de Registros de Bienes Muebles e Inmuebles de la institución accedió a profundizar en el tema.

 El Registro de la Propiedad, dijo, surge como una institución jurídica pública cuyos fines  son brindar protección y seguridad a todas las personas naturales o jurídicas poseedoras de un derecho sobre bienes inmuebles.

 Para nadie es un secreto, advirtió,  que una propiedad inscrita en el Registro evita conflictos, porque blinda al presunto dueño, valida el acto e impide el pretendido acceso a la propiedad inscrita  con actos que la perjudiquen o sean incompatibles y contradictorios.

 La Directiva subrayó  que el acto de inscripción no debe verse como un trámite más, sino como ese que le da al propietario una seguridad jurídica plena ante cualquier reclamación y deja solo en manos del Tribunal la opción de declararlos inexactos, ineficaces o incorrectos.

Sin embargo, aclaró, es bueno señalar, que en  ese Registro de la Propiedad se inscriben aquellos derechos sobre bienes inmuebles emanados de actos o contratos como las escrituras notariales, resoluciones administrativas y sentencias judiciales.

 Según López Pérez en la actualidad, cuando una persona, ya sea natural o jurídica, efectué cualquier acto jurídico sobre los bienes, dígase de trasmisión de derecho como compraventas, permutas, donaciones, adjudicaciones de herencias o acciones constructivas que cambien la descripción del inmueble, está en la obligación de  actualizar la inscripción.

 De violentarse este paso, subrayó la Directora, el pretendido titular además de no poder realizar acto alguno con ese bien, queda expuesto a dejar viva la inscripción de un derecho a favor de otra persona que ya no lo sea y en consecuencia ocasionarse un perjuicio que podría ser irremediable. 

En esencia, puntualizó la directora de Registros de Bienes Muebles e Inmuebles del Minjus, inscribir una propiedad en el Registro contribuye a evitar conflictos ante los tribunales, e incluso se recomienda que quienes estén interesados en comprar o permutar una vivienda consulten en él lo refrendado para evitar los riesgos de caer en una situación de ilegalidad.

 En la actualidad, informó,  el Minjus cuenta con 170 oficinas registrales, 163 de esas operando con un sistema informático desarrollado por la empresa XETID que garantiza la calidad del servicio jurídico.

Etiquetas
El Minjus Avanza
Fuente
Enrique Valdés

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