Registro Central de Sancionados

Registro Central de Sancionados

DE LOS ANTECEDENTES PENALES.

  • Los Antecedentes Penales son las sanciones impuestas por sentencias firmes dictadas por los Tribunales Populares, Tribunales Militares y Tribunales Extranjeros, cuando la sanción de estos últimos se refieran a ciudadanos cubanos, que se inscriben en el Registro Central de Sancionados, con excepción de las amonestaciones y multas inferiores a doscientas cuotas.

DEL REGISTRO CENTRAL DE SANCIONADOS. 

  • El Registro Central de Sancionados RCS  es un Registro, subordinado a la Unidad de Registros Centrales y de Atención a la Inversión Extranjera,  ambos pertenecen al  Ministerio de Justicia de la República de Cuba  y dada su condición de registro público de personas naturales se encarga de la inscripción de las certificaciones de sentencias firmes recibidas del Sistema de Tribunales y que constituyen antecedentes penales. Así mismo el RCS atendiendo a lo informado en esa materia por el Sistema de Tribunales, certifica los antecedentes penales que corresponda y los cancela de conformidad con las normas legales vigentes; también emite dictámenes en respuesta a consultas en materia de Antecedente Penales.

DE LAS CATEGORIAS DE CERTIFICACIONES DE ANTECEDENTES PENALES QUE SE ENCUENTRAN EN VIGOR.

A saber, existen cinco categorías de Certificaciones de Antecedentes Penales, cada una destinada a surtir efecto en distintos procesos de la sociedad:

  • Nacional Personal
  • Nacional Por Organismo
  • Exterior Personal
  • Exterior Por Organismo
  • Exentas
  • Las Certificaciones Nacionales Por Organismos se encuentran reguladas para su expedición por la Resolución Conjunta Número 1/2001 del MTSS y  MINJUS.  La Resolución faculta a entidades u organismo a solicitar la certificación de antecedentes penales de los cuadros y trabajadores que por el cargo que desempeñan e importancia de la actividad que realizan así lo aconsejen.    
  • Por su parte, las solicitudes de certificaciones de la modalidad Exterior Personal se encuentran reguladas en la resolución número 71/2014 del MINJUS. 

DE LA SOLICITUD DE CERTIFICACIONES DE ANTECEDENTES PENALES.

  • La solicitud de Antecedentes Penales podrá realizarse en las Oficinas habilitadas a tales efectos por las Direcciones Provinciales de Justicia (DPJ) y el municipio Especial Isla de la Juventud. Actualmente las DPJ han ampliado el servicio a casi todos los municipios del país y se trabaja para llevarlo a la totalidad de estos territorios. La Habana cuenta en estos momentos con oficinas habilitadas en varios de sus municipios, un ejemplo es la oficina provincial de Antecedentes Penales y de Cancelación ubicada en la calle Belascoaín número 766 entre Maloja y Sitios, Centro Habana, la que presta servicio de Lunes a Viernes en el horario comprendido entre las 8:00 AM a 3:30 PM. 
  • Una observación especial lo ameritan las Certificaciones de Antecedentes Penales  de la categoría Exterior Personal, pues estas  se solicitan para trámites migratorios o cualquier otro que surta efectos legales fuera del territorio nacional. Su obtención y legalización solo se tramita ante las Sucursales de la Consultoría Jurídica Internacional de cada provincia y del municipio Especial Isla de la Juventud, con las formalidades  legales que se exigen.
  • Las Certificaciones de las categorías: Nacional Por Organismo y Exterior Por Organismo se solicitan en las oficinas habilitadas por las DPJ a tales efectos, mediante Convenio previamente realizado con la  Entidad solicitante. La Certificación en su categoría de Nacional por Organismo podrá realizarse en cualquiera las oficinas  no así la categoría de Exterior por Organismo que se deberá solicitar en las Oficinas Provinciales de Antecedentes Penales. En La Habana, las Certificaciones de la categoría Exterior Por Organismo se solicitan directamente al Registro Central de Sancionados, ubicado en E y 9na, Vedado, Plaza de la Revolución.  
  • La categoría Exenta se destina únicamente a los órganos que tributan a los procesos judiciales;  dígase PNR, Órganos de Instrucción Penal, Fiscalías y Tribunales. Estos podrán ser solicitados desde cualquiera de las oficinas habilitadas al efecto.

DE LOS SUJETOS LEGALMENTE AUTORIZADOS PARA  SOLICITAR LOS ANTECEDENTES PENALES DE LA CATEGORIA NACIONAL PERSONAL.  

  • Pueden solicitar Certificaciones de Antecedentes Penales los ciudadanos cubanos mayores de dieciséis (16) años y los extranjeros residentes temporal o permanentemente en el país.
  • Esta certificación surte efectos en el inicio del  procedimiento de cancelación de antecedentes penales  o cualquier otro asunto donde demuestre su interés legítimo. Ej: cursos, procesos de cambio de nombre, declaración de incapacidad, procesos legales ante los Tribunales o litigios. 

DE LOS REQUERIMIENTOS PARA SOLICITAR LOS ANTECEDENTES PENALES.

  • Para solicitar las Certificaciones de Antecedentes Penales debe personarse el interesado en las oficinas de trámites con su Carné de Identidad actualizado y un sello de timbre por valor de cinco 5 pesos cubanos CUP.
  • No se aceptan las solicitudes a nombre de otra persona, salvo los casos regulados en la Ley mediante Poder Notarial, Contrato de Servicios Jurídico o Certificación de Declaración de Incapacidad emitido por la autoridad correspondiente. El documento deberá entregarse por la oficina al interesado en el término de 72 horas a partir de su solicitud. Este término solo podrá prorrogarse por motivos debidamente justificados o de fuerza mayor.
  • Las solicitudes en las Consultorías Jurídicas Internacionales y Bufetes Especializados se rigen por lo establecido para los Contratos de Servicios Jurídicos.

DE  LA CANCELACIÓN DE ANTECEDENTES PENALES.

  • La Cancelación de los Antecedentes Penales no es más que la eliminación de las inscripciones de las sanciones impuestas por el Sistema de Tribunales y que constan en la base de datos automatizada y archivo físico del RCS. Los Antecedentes Penales se cancelan de Oficio o a Instancia del propio interesado  y se autoriza de conformidad con lo dispuesto en esta materia por el Ministerio de Justicia de la República de Cuba.    

DE LOS EFECTOS LEGALES DEL INDULTO, RESPECTO A LA CANCELACIÓN DE LOS ANTECEDENTES PENALES.

  • Los cuatro indultos concedidos hasta la fecha; en este caso los dictados en el año 2011, 2015, 2016 y 2019 no han dispuesto expresamente la cancelación de los antecedentes penales, se modificaría a instancia del propio sancionado beneficiado por el perdón de la pena que se varié en los registros automatizados la fecha de extinción de la sanción que ha de ser la del Indulto, lo cual se puede interesar ante las Oficinas de cancelación de antecedentes penales de todo el país y ante el propio Registro Central de Sancionados.

 

 

 

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