Las garantías constitucionales y la protección a los derechos humanos en las Leyes procesales cubanas.

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Ministerio de Justicia
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Las garantías constitucionales del proceso, forman parte del Derecho procesal constitucional, rama del derecho público que establece las normas procesales orgánicas y funcionales necesarias para dar eficacia real a la normativa constitucional cuando emerja un conflicto entre un acto de la autoridad o de un particular y sus disposiciones, pero además, las garantías constitucionales determinan la configuración de cualquier juicio sea de carácter civil, laboral, administrativo, penal, mercantil, pues siendo la norma suprema del estado y la nación, sus preceptos son directamente aplicables al tramitarse los conflictos judiciales.

Aprobada el 10 de abril del 2019, la nueva Constitución de la República, mostró pasos alentadores en la protección a los derechos fundamentales del hombre, al subscribir un amplio glosario de derechos y garantías, máxime si tenemos en cuenta que se trata de un sistema social asediado históricamente; todo ello en total contraposición a los argumentos fallidos que nos sitúan como uno de los países violadores de los derechos humanos.

En el texto constitucional se declara que Cuba es un Estado socialista de derecho y justicia social, de ahí que se destinen varios artículos al reconocimiento de las principales prerrogativas sociales de obligatorio cumplimiento para todos. De ello se deriva un complejo perfeccionamiento jurídico operado en las diversas ramas del derecho que ha resultado en normas de avanzada, dentro del sistema jurídico internacional, entre ellas,  las Leyes del Proceso Penal, donde el equilibrio entre la llamada búsqueda de la verdad material y los derechos del imputado tiene un papel protagónico.

La seguridad jurídica como meta, se erige sobre las premisas esenciales del Debido Proceso, y desde las disposiciones preliminares quedan delimitados principios fundamentales como el de derecho a un juez legal u ordinario;  inmediación; contradicción, como garantía de un verdadero enfrentamiento legal que tribute al alcance de la verdad plena en materia de justicia penal ; oralidad; publicidad en sus diversas acepciones; el respeto a las garantías de los sujetos intervinientes y la presunción de inocencia por solo citar algunos ejemplos.

Se regula a su vez la estricta protección a la integridad física, psíquica y moral de las personas con especial observancia a la no discriminación de ninguna índole, así como el respeto a la privacidad; todo ello de la mano del derecho a la defensa, en todas sus manifestaciones, desde el inicio del proceso. Se añaden garantías para los menores penalmente responsables y se introduce la fase intermedia y las nulidades como mecanismos de saneamiento jurídico.

Los principios de oportunidad y legalidad encuentran un equilibrio armónico, que posibilita la aplicación objetiva de las normas penales y la política criminal, garantiza mayor economía procesal y mecanismos jurídicos efectivos y justos.

En este breve recorrido cabe señalar también la especial atención que se le brinda a la figura de la víctima o perjudicado, a quien se le ofrecen novedosas oportunidades incluida la posibilidad de erigirse como parte en el proceso, con un cúmulo importante de derechos y garantías en este sentido.

Resulta ineludible la voluntad de protección a los derechos ciudadanos en las normas penales adjetivas, su carácter garantista nace de la Carta Magna y dinamiza el Estado de Derecho y justicia social en defensa de la dignidad como valor fundamental. Mientras proliferan guerras de rapiña, golpes de Estado y la politización de los derechos humanos contra países que se resisten a plegarse a modelos de hegemonía capitalista, Cuba ratifica normas jurídicas nacionales e internacionales en pos de la protección a cada uno de estos derechos, en armonía con la frase que expresara el Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz el 21 de enero de 1959: “La Revolución cubana se puede sintetizar como una aspiración de justicia social dentro de la más plena libertad y el más absoluto respeto a los derechos humanos.”

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Comunidad Digital La Vacuna Cubana
Fuente
Comunidad Digital La Vacuna Cubana (Twitter @Vacuna_Cubana)

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