Ministerio de Justicia emitió Indicación Metodológica para implementación del Código de las Familias

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Olga Lidia Pérez Díaz, directora general de Notarías y Registros Públicos emitió la Indicación Metodológica #4 que facilita la interpretación e implementación del Código de las Familias en esta primera etapa.

 La normativa responde, subraya la Directora, a las consultas técnicas planteadas por notarios y registradores  a partir de las interrogantes más frecuentes de la población.

 Al respecto, señala que en los casos de la declaratoria de herederos contratadas en las unidades de Bufetes Colectivos y presentadas en las notarias antes del 27 de septiembre del año en curso, por relacionarse a casos de personas fallecidas con anterioridad a la entrada en vigor del citado Código de las Familias, se tramitarán según las normas sucesorias del Código Civil que regía en esa fecha.

 Con relación a los contratos de Donación, uno de los aspectos que más expectativas ha creado, la Indicación refiere que este puede ser revocado en cualquier momento, porque la ley no dispuso plazos para ello. Esa solicitud, dice, deberá fundamentarse por ingratitud del donatario o porque le sobrevengan hijos al donante.

 En todo caso, explica la Indicación Metodológica, se tendrá en cuenta la existencia de herederos protegidos, las circunstancias posteriores a esta y si en vida del donante se comprometen sus medios de sustento o de habitación.

 Otro de los aspectos más consultados es el de  las solicitudes de matrimonio  de personas menores de 18 años de edad,  en cualquier caso, aclara la norma, si no fueron formalizadas antes de la entrada en vigor del Código de las Familias no proceden.

 La Indicación Metodológica hace referencia, además, a la Ineficacia de los Actos Jurídicos y señala las causas por las cuales pueden declararse nulos estos actos; así mismo aborda los requisitos para la aplicación del artículo 217 relacionado con la vivienda  y explica cuáles son los actos que requieren del consentimiento del cónyuge para disponer de los derechos sobre la vivienda familiar.

 La citada normativa es otro esfuerzo del Ministerio de Justicia por garantizar, con total calidad y transparencia, la aplicación del Código de las Familias aprobado por referendo popular  el pasado 25 de septiembre.

Etiquetas
Código de las Familias
Fuente
Enrique Valdés

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