Ministerio de Justicia profundiza en la importancia y seguridad que brinda a la población el Registro de Actos de Última Voluntad y Declaratorias de Herederos
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Con frecuencia las personas acuden a las distintas oficinas adscritas al Ministerio de Justicia con el ánimo de obtener información de cómo acceder a los Actos de Última Voluntad y Declaratoria de Herederos, vitales para trámites relacionados con la adjudicación de bienes muebles e inmuebles.
Sin embargo, a pesar de constituir uno de los asuntos más solicitados, buena parte de la población no conoce a fondo la importancia que esto tiene, la documentación a presentar ni el tiempo de caducidad de estos documentos.
Al respecto la registradora de esa institución, Inorys Ferrer Ganges expuso una detallada explicación acerca de estos temas.
Este Registro, subordinado al Ministerio de Justicia (Minjus) dijo, es público, tiene efectos jurídicos y en él se inscriben los Actos de Última Voluntad, fruto de un testamento notarial que refleja la determinación de una persona de legar sus bienes o de los testamentos Ológrafos que, aunque también reflejan idéntica resolución, obedecen a la decisión de un juez que ante el fallecimiento del testador valida su autenticidad.
Según Ferrer Ganges, se inscriben también las actas de declaratorias de herederos, ya sean notariales o por resolución judicial; así como las revocaciones parciales o totales de los testamentos y las modificaciones de las actas de declaratoria de herederos.
Entre las dudas más frecuentes, subrayó la Registradora, destacan la importancia y validez de las certificaciones expedidas y sobre todo las causas por las cuales si la persona muere solo una vez el documento tiene período de caducidad.
Las certificaciones, explicó, son válidas por 180 días naturales a partir de la fecha de expedición, y esto obedece a la dinámica del Registro, en constante actualización como consecuencia de la rectificación o modificación de los testamentos, fundamentalmente los ológrafos, expuestos a las decisiones judiciales que podrían hasta decretar la nulidad del proceso ya inscrito.
Ferrer Ganges puntualizó que entre las ventajas que tiene para la población está la de garantizar que las certificaciones expedidas devienen prueba eficaz y segura de la existencia de actos de última voluntad y de declaratoria de herederos, requisito indispensable para la adjudicación de una herencia.
Este Registro, aclaró la especialista, es uno solo, y a diferencia de otros servicios jurídicos, centraliza la inscripción y la publicidad de los títulos sucesorios, aunque en estos instantes, abundó, se han habilitado espacios en las direcciones municipales de justicia desde los cuales pueden solicitarse las certificaciones, y recibirlas vía digital, en un término no mayor de 72 horas.
Durante el primer semestre del año en curso, informó la Registradora, la institución ha inscrito 16 mil 311 testamentos, ocho mil 996 declaratoria de herederos y expedido 74 mil 763 certificaciones.