Una mirada necesaria a las interioridades del Código de las Familias

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Hacemos Cuba
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Entre los temas más debatidos en la actualidad está el de la adopción de un nuevo Código de las Familias en Cuba, cuestión que ha generado criterios, dudas y comentarios de la población cubana.

 Los criterios esgrimidos, en su mayoría, resultan útiles porque de lo que se trata es de construir una nueva norma con el consenso de todos y esas opiniones contribuyen al diálogo y debate que en definitiva enriquecen el texto que será sometido a referendo popular para su aprobación.

 Durante su intervención en el programa televisivo Hacemos Cuba la DrC. Yamila González Ferrer,  Vicepresidenta de la Unión Nacional de Juristas de Cuba y Profesora de Derecho de Familia de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, abordó algunos mitos que circulan por las redes sociales digitales como son:

la negativa de la mayor parte de los cubanos al matrimonio entre personas de igual sexo; la pérdida de autoridad de los padres sobre sus hijos porque se refuerza excesivamente la autonomía de este grupo etario y el que afirma que la sociedad cubana no está preparada para este Código; todos alejados de la realidad.

  Antes de referirse a cada uno de los temas anteriores, la especialista explicó cómo desde el mes de julio del año 2019 en que se creó el Grupo Temporal de Trabajo para la elaboración de este texto jurídico, compuesto por un grupo multidisciplinario de expertos, a pesar de las restricciones impuestas por la pandemia de la COVID-19, se ha trabajado de manera colectiva escuchando los distintos criterios, cuestión esta que influyó en la elaboración de 22 versiones anteriores hasta llegar a la 23, que convertida ahora en Proyecto, se debatirá en el próximo período de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular.

Entre las preocupaciones más frecuentes encontradas a lo largo de este amplio proceso de consultas, González Ferrer hizo referencia  a las relacionadas con el derecho de los abuelos  en la familia, considerando  que se tiene una gran deuda con este sector.

 Hoy, dijo, los abuelos no tienen esos derechos legislados y ha sido muy difícil porque en ocasiones conflictos intrafamiliares los han privado de ver a sus nietos. Este tema que también incluye a otros parientes en idéntica situación, teniendo en cuenta siempre el mejor interés de los niños, el Código lo resuelve con la posibilidad de dirimirlo ante el Tribunal. 

 La Vicepresidenta de la Unión de Juristas habló también acerca de  la prevención y la protección frente a las situaciones de violencia en el ámbito familiar y de cómo el ejercicio de esta violencia va a tener efectos en las diferentes instituciones  jurídico-familiares  como la liquidación de la comunidad matrimonial de bienes, la suspensión  y privación de la responsabilidad parental y  la guarda y cuidado compartida.

  Entre las novedades  de la norma en discusión, se agrega la determinación del régimen económico del matrimonio, lo cual posibilita que la pareja decida antes de contraer nupcias a cuál de ellos acogerse, cuestión que incluye a las uniones de hecho afectivas, siempre teniendo en cuenta la protección de las personas vulnerables.  Hoy solo se prevé el régimen comunitario de los contrayentes.

González Ferrer  ratificó que es un error ver este Código solo desde la perspectiva del matrimonio, pues incluye a todas las instituciones jurídicas familiares que responden a la realidad cubana.

 En tal sentido abordó el tema de la Defensoría Familiar,  función nueva del Ministerio de Justicia en pos de la representación de las personas vulnerables que ante determinados conflictos requieran de esta participación.

La especialista habló de la adopción, la cual según prevé la normativa, facilita que todas las parejas, sin distinción, puedan optar por ella si reúnen los requisitos de edad, las condiciones económicas para la manutención del solventado y  una conducta que permita presumir que cumplirá con los deberes de la responsabilidad parental.

Entre los preceptos aprobados después de numerosas consultas, dijo Ferrer González, se llegó a la conclusión de los beneficios que aporta la prohibición del matrimonio infantil dado el demostrado daño  para el desarrollo psicosocial que esto genera para los adolescentes.

 Con referencia a los mitos iniciales la especialista ratificó que con la aprobación por la inmensa mayoría de los cubanos de la Constitución del año 2019 se demostró que el pueblo está  a favor  del principio de igualdad y no discriminación y eso es positivo, porque  nadie puede tener limitados sus derechos por una condición humana, máxime cuando el Estado protege y reconoce todos los tipos de familias y su necesidad de estar protegidas desde el derecho y no al margen de este.

Con relación al tema de los derechos de los niños y la posible pérdida de autoridad de los padres, enfatizó en la necesidad de que la población profundice en el contenido de la norma jurídica que a partir de la responsabilidad parental y el convenio sobre los Derechos del Niño acogido por Cuba, busca una manera de crianza positiva, sin violencia, que no ponga en peligro la formación y estabilidad emocional de los niños y niñas. 

 Este Código nos alerta de la responsabilidad familiar en salvaguardar el mejor interés del menor y les da la posibilidad a ellos de ser escuchados antes de dirimir un conflicto afectivo  que los involucra.

 La sociedad cubana, enfatizó,  tiene una gran capacidad para el humanismo, para potenciar los derechos de todos y eso es lo que en definitiva refrenda el Código de las Familias. Estamos abocados a fomentar el diálogo, el intercambio, la diversidad de criterios como algo positivo para proteger los derechos humanos de todos, concluyó la especialista.

Etiquetas
Código de las Familias
Fuente
Enrique Valdés

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