Apuntes para un año que culmina (II)
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Culminó el año 2020 y como ya es habitual suele pasarse revista a los avances y deficiencias acaecidos, así como a trazarse retos para el próximo período de trabajo.
No podría hablarse de resultados sin analizar primero las condiciones especiales impuestas por una pandemia mundial como la COVID-19, el reforzamiento de la guerra económica desatada por Estados Unidos y la crisis económica mundial que impactó con mayor fuerza en los países en desarrollo como Cuba.
Sin embargo aún en ese contexto el Ministerio de Justicia mantuvo la vitalidad de los servicios jurídicos esenciales, trabajo con fuerza en el cronograma legislativo del país, avanzó en el proceso de informatización de su sistema y estuvo con el oído atento a quejas y planteamientos de la población. Esos son logros palpables.
En este trabajo abordaremos algunas de las principales acciones que coadyuvaron a la elevación de la calidad de los servicios jurídicos.
Por su trascendencia destacamos en este 2020 la Instrucción 8/20 de Oscar Silvera Martínez, Ministro de Justicia de Cuba, que permitió que en situaciones excepcionales como la pandemia provocada por la COVID-19 se formalizaran actos mercantiles unilateral o asociativa sin presencia física de la parte extranjera.
La Normativa se concibió para refrendar el acto jurídico virtual mediante la conexión de una de las partes con el notario actuante a partir de la utilización de una plataforma de videoconferencia o cualquier medio técnico similar válido para autenticar ese acto, lo cual de hecho encontró una solución a un problema vital para el desarrollo de la nación.
También resultó importante la emisión ministerial de la Resolución 115 /2020 que puso fin a la solicitud indiscriminada de certificaciones cuya caducidad no estaba amparada en legislación alguna y sancionó que solo tendrá fecha de caducidad, a los 180 días de emitida, la certificación de Soltería.
Entre los argumentos que motivaron la citada normativa, Silvera Martínez reconoció que el Sistema del Registro del Estado Civil tramitó en los últimos años un alto número de procesos de subsanación de error u omisión de asientos registrales, a la par que se incrementaba la solicitud de nuevas certificaciones ya emitidas con anterioridad, lo cual consideró, creó molestias, trámites innecesarios y demoras excesivas a las personas en la solución “todavía engorrosa” de sus asuntos.
La Resolución 382/20 del titular de Justicia fue muy bien recibida por la población, pues disminuyó los términos de inscripción en los Registros de la Propiedad y elevó la calidad de los servicios jurídicos prestados por el Sistema del Minjus.
Esa Resolución forma parte de los esfuerzos de la institución por brindar un servicio más eficiente, reducir siempre que sea posible la cantidad y números de trámites a la población y satisfacer la creciente demanda con la seriedad y respeto que merecen sus clientes.
Ese propósito estuvo presente también en la Resolución 484/20 de la organización, funcionamiento y alcance de la ficha Única del Ciudadano, en vigor desde el pasado 10 de diciembre.
La norma posibilita ofertar un servicio jurídico con mayor calidad pues permite a las unidades del sistema acceder a los datos necesarios para la tramitación de un asunto por una vía más expedita y con las garantías jurídicas, integridad y protección de la información imprescindibles para la preservación de los datos recogidos en esa plataforma informática.