CONVOCATORIA PARA DEFENSORES Y CONSULTORES

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La Defensoría es una estructura del Ministerio de Justicia que tiene sus bases en la Constitución del 2019, el Código de Procesos y el Código de las Familias. Fue implementada a partir del Acuerdo 9571 del 11 de mayo de 2023, modificativo del Acuerdo 8663 del Consejo de Ministros del 13 de agosto de 2019, donde se establecen las funciones específicas, estructura y composición del Ministerio de Justicia.  

Dicha estructura tiene por misión la protección, garantía y restablecimiento del ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes, personas en situación de discapacidad, personas adultas mayores, personas declaradas judicialmente ausentes, personas víctimas de discriminación o violencia en cualesquiera de sus manifestaciones y otras personas que se puedan encontrar en situación de vulnerabilidad, en el ámbito civil, familiar, mercantil y del trabajo y la seguridad social.

Para el logro de sus objetivos cuenta con defensores y consultores, quienes deben gozar de humanismo, empatía, sensibilidad y preparación técnica suficiente para garantizar el mejor desarrollo de sus funciones, a los cuales el Departamento de Defensoría de las Direcciones Provinciales de Justica les asigna los casos en correspondencia con sus características y circunstancias, la materia y la especialidad en la que se desenvuelven.

Perfiles

  1. Defensores: Son juristas (con excepción de quienes se desempeñan como jueces, fiscales o notarios) que deben velar por la más rápida y beneficiosa solución del asunto que le fue designado, adoptar las medidas necesarias para prevenir y remediar los actos contrarios a la dignidad, la justicia, la equidad y la probidad en la defensa del ejercicio del derecho de la persona en situación de vulnerabilidad. Las estructuras de la Defensoría harán una selección de quienes se proponen para integrar la lista de defensores, siendo aprobada por el Ministro de Justicia.
  2. Consultores: Son expertos en aquellas áreas de conocimientos vinculadas con el trabajo de la Defensoría, capaces de asesorar y acompañar al defendido y al defensor para un mejor ejercicio de sus funciones.

Funciones:

Son de acompañamiento, asesoramiento y defensa de derechos en procesos y procedimientos que pretendan la solución de conflictos en los cuáles exista la necesidad de restituir la situación existente previa a la vulneración ocasionada o ante la posibilidad de que ocurra tal vulneración.

  1. Acompañamiento: Apoyo y participación en cada uno de los procedimientos y procesos en los cuales esté involucrado el defendido. Implica la atención que mediante acciones buscan la asistencia de las personas respondiendo a sus necesidades durante la resolución de un conflicto en pos de que obtenga una visión o proyección de la finalidad, la manera más adecuada de afrontar la situación y tener un grado de preparación tanto emocional como psicológica. Se trata del empoderamiento y la búsqueda de potenciar las capacidades y habilidades de la persona en situación de vulnerabilidad.
  1. Asesoramiento: Informarles y propiciarles las herramientas necesarias para su efectiva participación en los procesos y procedimientos desde dos aristas:

Jurídica: Facilita las vías informativas, para conocer todos aquellos temas relacionados con la aplicación del Derecho. En este cometido influye la forma en que se lleve a cabo esta función por lo que se deben realizar ajustes razonables, ya sea desde instrumentación de la lectura fácil en los diferentes documentos jurídicos hasta medidas que personalicen la atención adecuada a cada circunstancia particular.

Multidisciplinaria: Depende de las características de la persona que recibe el servicio y las necesidades que se manifiesten durante la tramitación del asunto. Parte de brindar alternativas y soluciones frente a problemáticas ajenas a lo jurídico pero que tienen una incidencia en el asunto o en el ejercicio efectivo de sus derechos. Es por ello, que se consagra la necesidad de un equipo multidisciplinario de médicos, psicólogos, sociólogos y psiquiatras, entre otros, que posibiliten la guía, orientación y atención correspondiente.

  1. Defensa de derechos: Facultad de participar en procesos o procedimiento judiciales y extrajudiciales en busca de la protección, garantía y restablecimiento de los derechos de la persona en situación de vulnerabilidad. Esta función es exclusiva de los defensores.

Todas las personas interesadas en desempeñarse como defensores y consultores pueden dirigirse a los Departamentos de Defensoría habilitados en las Direcciones Provinciales de Justicia.

Etiquetas
Defensoría
Fuente
Ministerio de Justicia de la República de Cuba

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