El Código de las Familias y el Régimen económico del Matrimonio
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Mientras veo el Programa televisivo Hacemos Cuba, dedicado en esta ocasión al Régimen Económico del Matrimonio en el Código de las Familias, no pude abstraerme de recordar algunos casos que involucraron a familiares y conocidos en los cuales, perdido el amor, se desató una verdadera batalla por los bienes matrimoniales.
Por tal motivo acojo de muy buen grado las variantes que hoy propone la nueva normativa.
Con la participación de los doctores Leonardo Pérez Gallardo y Nileidys Torga Hernández, el programa abordó el Régimen de Comunidad Material de Bienes, vigente desde 1975, el de Separación de Bienes y el Mixto.
Para optar por el primero de ellos, dijo Pérez Gallardo no es necesario acogerse a ninguno de los pactos previos, porque este es el reconocido inicialmente por el legislador; no obstante, abundó, si la pareja decide acogerse a la Separación de bienes o al régimen mixto debe hacerlo antes del acto matrimonial o después de materializado este, ante notario, nunca en el momento del matrimonio.
Torga Hernández, profesora de la Universidad de la provincia de Pinar del Río, explicó que el régimen mixto permite a la pareja combinar cuáles serán los bienes privados y cuáles los que pasarán a formar parte de la comunidad de bienes, siempre después de tener en cuenta la anunciación de las posibles deudas.
Para eso, argumentó, se convenían los pactos que una vez firmados y ejecutado el matrimonio ofrecen seguridad jurídica a las partes y obliga a su cumplimiento.
No obstante, señaló Pérez Gallardo, si firmado el pacto el matrimonio no se lleva a cabo en el plazo de seis meses, entraría en lo que la ley reconoce como Caducidad del Negocio Jurídico y lo convenido queda sin efecto.
Durante su intervención los especialistas explicaron que dentro del Código existen disposiciones inalterables que no se pactan como lo es la renuncia al derecho del divorcio, ni la disposición de actos humillantes o discriminatorios, pues el espíritu de la ley busca precisamente evitar asimetrías y en tal sentido defiende el control de la equidad entre el hombre y la mujer.
Sin dudas estas nuevas posibilidades que confiere el Código de las Familias ahora en Consulta Popular, abre un importante abanico de opciones, en más justo y se atempera a las nuevas complejidades sociales.