Impacto y ventajas de la nueva Ley del Notariado cubano

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Las novedades relacionadas con la Ley 175 del Notariado cubano y el alcance de sus disposiciones complementarias- contenidas en tres resoluciones del titular de Justicia Oscar Manuel Silvera Martínez- constituyeron los tema centrales de la intervención de Zoelyn Pérez Potrony especialista de la Dirección de Notarías y Registros Públicos del Ministerio de Justicia, en el programa Haciendo Radio de la Emisora Radio Rebelde.
Durante su intervención la especialista aclaró que esta normativa, aprobada el 19 de diciembre del pasado año por la Asamblea Nacional del Poder Popular, se publicó en la Gaceta Oficial Ordinaria de la República de Cuba No 62 del 7 de julio de 2025 y entrará en vigor el siete de enero del año 2026.
La Ley 175 dijo, introduce dentro de sus novedades el tratamiento al notario, como un profesional del Derecho, con sus deberes y obligaciones en el ejercicio de su labor y mantiene su actual condición de funcionario público.
Igualmente destacó que refrenda las nuevas figuras concernidas en el Código de las Familias y establece la manera en la cual el notario interviene ante la presencia de menores de edad, adultas o en situación de discapacidad cuando estas requieren de la asistencia de la figura del apoyo, o la intervención del defensor familiar durante su comparecencia.
Asimismo subrayó que la legislación está relacionada también con las competencias notariales concernidas dentro de la Ley de Protección de Datos Personales y Decretos-Leyes inherentes a la constitución de las Micro, pequeñas y medianas empresas, entre otros.
Además, enfatizó, refrenda la interacción del notario a partir del uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) con el Registro Civil, de la Propiedad y el de Actos de Última voluntad y Declaratoria de Herederos, entre otros imbricados estrechamente a estos temas.
Pérez Potrony aseguró a la audiencia que la creación de la base de datos prevista facilitará la protección de los datos personales de quienes accedan al servicio, garantizará la permanencia de la información de los documentos digitales con independencia de su conservación en formato papel y, a diferencia del procedimiento hasta ahora en vigor, promueve una lectura fácil, la cual, entre sus bondades, mejorará la comprensión de los documentos notariales y los hará más accesibles para las personas con alguna debilidad en la visión.
Al referirse al impacto de las normas complementarias orientadas a la entrada en vigor de esta Ley, la Especialista explicó que la Resolución 331/25 regula los actos notariales, posibilita establecer recursos ante instancias superiores en los casos de negativa o abstención del notario a un asunto sometido a su conocimiento, simplifica la regulación de los procesos disciplinarios y concentra las distintas normativas dispersas en Reglamentos y Disposiciones.
La Resolución 332, abundó, actualiza los plazos para la prestación de los servicios e introduce la publicación – previa autorización de los solicitantes, lo cual posibilitará la visualización de la población a estos actos con el fin de determinar si existe algún impedimento legal para llevarlos a cabo.
Y por último hizo referencia a la Resolución 33 3 que actualiza las tarifas, en moneda nacional, para la prestación de los servicios a personas naturales con residencia efectiva en el país, así como a jurídicas estatales o no constituidas al ampara de la legislación cubana.
La Especialista aclaró que la nueva legislación mantiene las tarifas ya reguladas y solo introducen nuevos valores para aquellos actos expresamente no regulados.
En esencia es bueno destacar que la Ley 175, efectiva a partir del mes de enero de 2026, reforzará la institucionalidad del notariado cubano, hará más efectiva su labor y elevará la calidad de los servicios prestados a la población.