Ministro de Justicia expuso resultados de implementación del Código de las Familias

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 El diputado Oscar Manuel Silvera Martínez, titular de Justicia, presentó ante el plenario de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) en su Décima Legislatura, los resultados de la implementación del Código de las Familias durante su primer año de vida.

En la cita, que se desarrolla en el Palacio de Convenciones de La Habana, Silvera Martínez ratificó que el citado Código aprobado en referendo popular el 25 de septiembre del año 2022, es una normativa de sumas y multiplicaciones, de alternativas y opciones, inclusivo, protector y de igualdad, “porque podemos todos, y este concepto es oportuno reiterarlo, acceder a novedosas instituciones que permiten construir el modelo de familia más acorde a nuestros deseos y necesidades. Es en esencia, garantía de respeto a los derechos y de exigencia de deberes…”

Igualmente hizo referencia a los desafíos afrontados a lo largo de este período, con resultados palpables, pero aún con mucho camino por recorrer para su perfeccionamiento y correcto desarrollo.

Al enumerar los aspectos más relevantes del proceso, Silvera Martínez informó que el Ministerio de Justicia, en el ámbito notarial y registral, desarrolló acciones encaminadas a la ampliación de la capacidad de respuesta de la demanda de sus servicios, la capacitación, la comunicación hacia los públicos interno y externo, y el control.

Igualmente, dijo, la Dirección General de Notarías y Registros Públicos emitió Indicaciones Metodológicas, en el orden funcional y organizacional, relacionadas con los asuntos familiares en los cuales es obligatoria la intervención notarial y del fiscal.

Estas indicaciones, señaló, enfatizan en la importancia de la autopreparación y refuerzan, en el modelo de actuación, la sensibilidad, buen trato a las personas, exhaustiva explicación a los intervinientes, diligencia y razonabilidad.

 Al respecto, abundó, se abordaron asuntos relacionados con las figuras del matrimonio, el divorcio, la unión de hecho afectiva, el asentimiento para disponer de la vivienda familiar, el derecho real de habitación, la revocación de donación, los pactos matrimoniales, el reconocimiento de filiación por multiparentalidad, entre otras instituciones del Código de las Familias.

Para todo ello se realizaron seminarios, talleres y cursos técnicos a notarios y registradores en todas las provincias y el municipio especial Isla de la Juventud, con la participación, además, de representantes del Sistema de Tribunales, la Fiscalía General y la Organización Nacional de Bufetes Colectivos.

El Diputado hizo referencia a la publicación de las resoluciones 492 y 493, del ministro de Justicia y subrayó que la primera implementa lo dispuesto en el artículo 317 del Código que crea la Sección de Uniones de Hecho Afectivas en los Registros del Estado Civil y regula el procedimiento para determinar el orden de los apellidos cuando no exista acuerdo entre los padres y madres; mientras que la segunda establece pautas metodológicas para el divorcio notarial de mutuo acuerdo.

Al explicar a los diputados algunos de los más importantes resultados estadísticos de la etapa Silvera Martínez destacó:

El asentimiento para disponer de la vivienda familiar que acumuló 6 272 escrituras notariales;

Las 2 237escrituras de consentimiento para el acceso a técnicas de reproducción asistida en seres humanos.

Formalizaron de 290 pactos matrimoniales, dentro de los cuáles, los futuros cónyuges pueden acogerse a un régimen económico del matrimonio distinto al de la comunidad de bienes;

 Noventa y tres revocaciones de donaciones, sobre todo de viviendas por las causas previstas, como, por ejemplo, la ingratitud;

La realización de mil 333 matrimonios entre personas del mismo género, 806 entre hombres y 527 entre mujeres.

Las 85 uniones de hecho afectivas entre personas del mismo género y los 31 recién nacidos cuyos padres decidieron situar en primer orden el apellido de la madre.

Sin embargo, reconoció el titular de Justicia, en las notarías existen algunas problemáticas originadas, entre otros aspectos, por el aumento exponencial en cifras históricas de la demanda de esos servicios por la población y también por la errónea información de los propios notarios, situación que ha derivado hacia los tribunales asuntos de divorcio de mutuo acuerdo, lo que es incorrecto; aunque debemos destacar que la habilitación de ese tipo de divorcio por los dos cauces, notarial y judicial, siempre permitirá que las personas escojan la vía que prefieran.

Asimismo, informó las dificultades que todavía subsisten en la actividad de los registros civiles, fundamentalmente, por la falta de dominio técnico-jurídico del Código de las Familias, razón por la cual se ha decidido fortalecer la plantilla con Licenciados en Derecho, a diferencia de lo que pasó durante muchos años cuando gran parte de los registradores habilitados no eran juristas.

Al abordar el tema de la figura de la Defensoría- estructura subordinada al Ministerio de Justicia con importante rol en  la implementación del Código de las Familias y el de  Procesos- el Ministro recalcó que su creación, a partir del Acuerdo del Consejo de Ministros 9571 del 11 de mayo de 2023, tiene la misión garantizar la protección, garantía y restablecimiento del ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores, personas en situación de discapacidad, víctimas de violencia o discriminación y otras en situación de vulnerabilidad en el ámbito civil, familiar, mercantil y del trabajo y la seguridad social.

Esa imprescindible figura, acentuó, cuenta con el personal idóneo para desempeñar las funciones asignadas y adoptar las medidas para prevenir y remediar los actos contrarios a la dignidad, la justicia, la equidad y la probidad en la defensa del ejercicio del derecho de la persona en situación de vulnerabilidad.

Durante su presentación el titular de Justicia destacó que la entrada en vigor del Código de las Familias trajo consigo disímiles solicitudes presentadas a su amparo las cuales condicionan la complejidad de esta etapa. Este incremento de la radicación de asuntos- 34mil 898 procesos en lo que va del año en curso, lo cual representa un incremento de 4mil 733 con respecto a igual etapa del año anterior, concentra su radicación en los tribunales municipales populares, al asumir esta instancia la totalidad de los asuntos de esta materia, reservándose la instancia provincial para los recursos de apelación.

Entre los procesos mayormente erradicados, señaló, están los divorcios con 24 mil 251, de ellos 6 mil 611 por mutuo acuerdo; alimentos con 3 mil 533, y los conflictos sobre guarda y cuidado y regulación del régimen de comunicación con 2 mil 239.

En concordancia con lo expresado por el Ministro en su intervención ante la ANPP, marcan hoy  la reforma sustantiva en esta materia los reconocimientos de unión de hecho afectiva; guarda y cuidado para abuelos, otros parientes o personas afectivamente cercanas; reconocimiento de filiación socio-afectiva; discrepancias en el ejercicio de la responsabilidad parental; homologación de acuerdos, de estos, delegación de responsabilidad parental; sobre guarda y cuidado a favor de abuelos y otros parientes; sobre pactos de parentalidad y el reconocimiento judicial de la guarda de hecho.

Con relación al trabajo desarrollado por el Tribunal Supremo Popular, destacó cómo la necesaria e insustituible interpretación del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, derivó en la aprobación de la  Instrucción 279 de 17 de abril de 2023, que estableció pautas para la solución adecuada de los procesos relacionados con la realización de trámites migratorios que involucran a personas menores de edad y la Instrucción 285 de 26 de octubre de 2023, sobre la intervención de los equipos multidisciplinarios en los procesos judiciales.

Los Tribunales, aseguró el Ministro, también realizaron diversas acciones formativas con los jueces de todo el país, visitas de acompañamiento de la Sala de lo Civil, de lo Familiar y de lo Administrativo del Tribunal Supremo Popular a las provincias y garantizaron un sistema abierto de retroalimentación para la captación de los asuntos novedosos o de difícil solución por requerir la integración del derecho para ofrecer la solución adecuada. 

Al respecto, consideró, el Taller Nacional de los Procesos Judiciales sobre el Derecho de las Familias, devino espacio para el debate de importantes temáticas relacionadas con las instituciones reguladas en el nuevo Código.

Entre sus resultados, apuntó, se destaca la aprobación de seis acuerdos y de 15 acciones para su cumplimiento, entre las que se destacan:

Intercambiar con los jueces de la especialidad sobre la utilización de las herramientas que favorecen la proactividad y el despliegue de todas las facultades del juez.

Realizar un diagnóstico nacional sobre la composición, funcionamiento y participación de los equipos multidisciplinarios en los procesos de familia.

Diseñar un mecanismo más efectivo para garantizar la interdisciplinariedad en los asuntos de familia.

Elaborar un Manual de Buenas Prácticas acerca de la tramitación de los procesos de Alimentos.

Más adelante recalcó que la reforma procesal y sustantiva transformó e introdujo en la Fiscalía General de la República modificaciones cualitativamente superiores en las funciones y participación de los fiscales en la materia familiar por el incremento de los asuntos, tanto en sede judicial como notarial, entre los que se encuentran:

Ejercitar la acción para el reconocimiento de hijos menores de edad no reconocidos previamente y promover ese proceso en defecto de las demás personas legitimadas, y además accionar para impugnar la maternidad o paternidad.

Participar en los procesos de adopción, de delegación de la responsabilidad parental y de exclusión del derecho de sucesión intestada respecto a la hija o el hijo o a descendientes de la madre o el padre, cuya filiación haya sido judicialmente determinada, contra su oposición.

Intervenir en la homologación judicial de los pactos de parentalidad, que tienen como finalidad distribuir y organizar las funciones de la guarda y cuidado de los hijos e hijas, sea este compartida o unipersonal.

Solicitar la recuperación de la titularidad y el ejercicio de la responsabilidad parental, si ello redunda en beneficio e interés del hijo o hija menor de edad.

Dictaminar el divorcio notarial cuando existen hijos menores de edad.

Participar en la determinación ante notario de los pactos relativos a los hijos e hijas menores de edad, cuando la unión de hecho afectiva se extinga por acuerdo de los miembros de la pareja, en la rendición de cuenta ante el tribunal de los tutores.

Al referirse a los resultados del órgano a partir de la entrada en vigor del Código de las Familias, Silvera Martínez ponderó la actuación de los fiscales en 9 mil 099 procesos judiciales civiles y de familia, así como su intervinieron en 8 mil 673 audiencias convocadas por el Tribunal.

 También enumeró los 2 mil 743 procesos de divorcio por justa causa y los 2 mil 242 de guarda y cuidado y régimen de comunicación que constituyen el 55% del total de asuntos en los que el Fiscal ha intervenido.

Igualmente reconoció el trabajo de la fiscalía en los asuntos tramitados por las reglas de la jurisdicción voluntaria, con 1 mil 965 expedientes remitidos por los tribunales municipales populares; de ellos 1 mil 403 de divorcio por mutuo acuerdo, 108 de utilidad y necesidad y 37 de adopción.

En respuesta a solicitud de las notarías, acotó, los fiscales municipales firmaron 54 escrituras públicas, 48 en representación de menores de edad y dictaminaron 847 asuntos, de estos el 44% corresponden a declaratoria de herederos.

La Organización Nacional de Bufetes Colectivos, al amparo del Código de las Familias, expresó el Ministro, suscribió 34 mil 365 contratos, razón por la cual se espera cerrar el año con más de 41 mil 240 en esta materia, 9mil 346 servicios más que el año precedente.

 Silvera Martínez aseguró en su intervención que el sistema de supervisión establecido por la Organización, ha permitido detectar deficiencias en la tramitación de los asuntos, priorizar acciones de superación e identificar dificultades que se presentan ante los organismos receptores del servicio, las cuales son canalizadas a través de los protocolos de trabajo.

Ellos también emprendieron importantes acciones de capacitación y superación profesional que contribuyó al éxito del trabajo desplegado durante todo el año, dijo el Ministro.

En otro momento de su intervención el diputado Silvera Martínez reflexionó acerca de la importancia del control y la exigencia necesaria para una adecuada implementación de esta revolucionaria normativa, porque, enfatizó, es extensa y rupturista, por lo cual es necesario incorporar progresivamente, pero con rapidez, estos conceptos al desempeño de todos los que intervienen en ese proceso.

Por ello, razonó, debe estarse atento a la opinión de las personas, de las quejas y de los criterios emitidos por los propios profesionales del Derecho en los intercambios y acciones de capacitación.

No podemos minimizar nada, recalcó, porque cada asunto mal entendido, mal solucionado, impacta en derechos fundamentales de las personas y eso no admite análisis en porcientos. Cada persona, cada asunto es la prioridad.

Podemos afirmar que tenemos un buen Código, pero solo con acciones efectivas de comunicación, preparación, trabajo conjunto y control, seguiremos transitando positivamente el camino de su permanente y efectiva implementación, concluyó.

 

Etiquetas
Asamblea Nacional del Poder Popular ANPP
Fuente
Enrique Valdés
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