Patria Potestad o Responsabilidad Parental. Esa es la cuestión

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El programa televisivo Hacemos Cuba retomó en su última edición el debate relacionado con el Proyecto del Código de las Familia, ahora en el proceso de Consulta Popular, y respondió a algunas de las principales tendencias generadas en las redes sociales.

 Temas como el de si los hijos son considerados propiedad de los padres o si los castigos corporales son la vía efectiva  para su educación, fueron abordados por dos prestigiosos especialistas, el Doctor en Ciencia Jurídicas Leonardo Pérez Gallardo y La doctora en Ciencias  Psicológicas Patricia Ares.

 Durante su intervención la También Profesora Titular de la Facultad de Psicología de la Universidad de La Habana explicó que en concordancia con los preceptos vigentes los menores, como sujetos de derecho, no son propiedad exclusiva de nadie.

 A la luz de esos principios, dijo, resulta obvio que utilizar el argumento de la alimentación y los cuidados para justificar los castigos corporales, es sencillamente inadmisible.

 Para educar a los niños, reafirmó, no es necesario el castigo corporal, físico, ni los golpes, eso clasifica como maltrato infantil.

 Según la destacada profesional a lo largo de su amplia carrera ha podido constatar que la violencia engendra violencia y en el caso específico de los menores deja una marca psicológica muy difícil de borrar.

 Casi siempre, aseguró, esas conductas agresivas son consecuencia de padres que alguna vez en su niñez también fueron abusados. Por tanto los castigos corporales no constituyen la vía idónea para la educación de los hijos.

 El Profesor Pérez Gallardo  aseveró que el Proyecto del Código de las Familias resume el quehacer científico de la academia cubana. Fue una norma, dijo, pensada y redactada desde los distintos saberes, multidisciplinaria.

El también Presidente de la Sociedad Cubana de Derecho Civil y de Familia de la Unión Nacional de Juristas de Cuba, enfatizó en las diferencias entre el concepto de Patria Potestad,  vigente en el Código de la Familia aprobado el 14 de febrero de 1975, hace exactamente 47 años, y el de Responsabilidad Parental más a tono con las tendencias modernas defendidas por la Convención sobre los derechos del Niño, de la cual Cuba es parte firmante.

 La primera, explicó, trata a los niños como objetos del derecho, no prevé la posibilidad de escuchar sus decisiones, no se plantea la autonomía progresiva, ni el interés superior del niño.

 Esos principios, nacidos con la citada Convención,  y defendidos ahora con la Responsabilidad Parental, convierten a los niños en sujeto de Derecho, les  permite ejercitar estos mediante la autonomía progresiva y sitúa a los padres acompañándolos además en la formación de su personalidad.

 Esta Responsabilidad Parental no limita la autoridad de los padres, por el contrario extiende el respeto, a tenor con el precepto constitucional vigente, al resto  de la familia y parientes. Es necesario, abundó que el Proyecto del Código de las Familias se lea con racionalidad y mirarlo con el corazón.

 A criterio de la Doctora Patricia Ares, el Código de las Familias es justo porque toma en cuenta  los derechos de los padres y también de los hijos; es amplio porque extiende ese derecho a todos los miembros de la familia; es  humanista porque tiene un amplio sentido  de valores desde la dignidad personal y es emancipador porque promueve el libre y pleno desarrollo de la personalidad y el bienestar de la familia.

 El Profesor Pérez Gallardo consideró  que es justo porque más allá del sentido estricto de la norma legal se pronuncia por la búsqueda de un sentido de justicia y reivindica derechos de personas que en el ámbito familiar no estaban reconocidas.

 Asimismo, subrayó, es más amplio porque multiplica el afecto y a la vez reconoce y multiplica los derechos de padres y madres afines y los de los abuelos; es humanista, porque teniendo en cuenta el artículo 40 de la Constitución se centra en la dignidad de la persona como valor supremo. Todas las normas del Código, sentenció,  hay que interpretarlas a partir de la dignidad.

 El Código es emancipador, concluyó, porque potencia la autonomía y la libertad.

 

Etiquetas
Código de las Familias
Fuente
Enrique Valdés

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