Presentación del Ministro de Justicia sobre el Proyecto de Código de las Familias a la Asamblea Nacional del Poder Popular

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Presentación del Ministro de Justicia y Diputado Oscar Manuel Silvera Martínez, sobre el Proyecto de Código de las Familias a la Asamblea Nacional del Poder Popular en su Octavo Período Ordinario de Sesiones de la Novena Legislatura.

 

Compañero Miguel Díaz-Canel Bermúdez, Primer Secretario del Comité Central del Partido Comunista de Cuba y Presidente de la República;

 

Esteban Lazo Hernández, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular;

 

Manuel Marrero Cruz, Primer Ministro;

 

Me acompañan varios de los protagonistas, desde diversas aristas, de esta norma jurídica:

 

Los Doctores en Ciencias y Profesores Titulares, Yamila González Ferrer, Leonardo Pérez Gallardo, Yanet Alfaro Guillen, Patricia Ares Muzio y Yuri Pérez Martínez; la Viceministra Primera de Justicia, Rosabel Gamón Verde; Alexis Ginarte Gato, Presidente de la Unión Nacional de Juristas de Cuba; la Dra. Marta Moreno Cruz, Decana de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana; el joven jurista Alejandro Redondo, especialista del Ministerio de Justicia que cumple tareas de coordinación de este proceso y también nos acompaña la miembro de la Comisión Redactora Ofelia Miriam Ortega Suárez, Pastora y profesora del Seminario Evangélico de Teología en Matanzas.

 

El Proyecto de Ley que hoy presentamos ante ustedes responde al mandato de la Disposición Transitoria Decimoprimera de la Constitución de la República de elaborar un nuevo Código de las Familias para ser sometido a consulta popular y referendo. Constituye expresión de la significación que el Estado le atribuye a la familia como célula fundamental de la sociedad, y responde a la necesidad de transformar la legislación vigente en esta materia para atemperarla a la diversidad familiar cubana.

 

Esta realidad debe reconocerse jurídicamente, entonces es vital actualizar las instituciones familiares para dotarlas del sentido y alcance que consagró la Carta Magna.

 

El proyecto que tienen en sus manos es resultado de un intenso trabajo de investigación y aportes. Primero, del Grupo de Trabajo Temporal creado en julio de 2019, dirigido por el Ministerio de Justicia e integrado por reconocidos especialistas del Tribunal Supremo Popular, la Fiscalía General de la República, el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, la Unión Nacional de Juristas de Cuba, la Federación de Mujeres Cubanas, el Centro Nacional de Educación Sexual, la Oficina Nacional de Estadísticas e Información y las Facultades de Derecho, Psicología y Sociología de la Universidad de La Habana, que elaboró, como nuestro pueblo conoce, las propuestas de políticas y 20 versiones del anteproyecto del Código de las Familias. Después, por la Comisión Redactora, creada por el Acuerdo 149 del Consejo de Estado del 22 de marzo de 2021 e integrada por diputadas, diputados y representantes de varias instituciones y organizaciones sociales y de masas.

 

Como expresión de la voluntad política de mantener informado a nuestro pueblo y conforme a la debida transparencia, como regla de los principios de democracia socialista que fundamentan la actuación de los órganos del Estado, se publicó, el 15 de septiembre de 2021 en la página web del Ministerio de Justicia, la versión 22 del anteproyecto y el glosario de los términos jurídicos de mayor complejidad; y se inició el proceso de consultas especializadas con 47 instituciones, organizaciones y grupos, que se desarrolló entre el 29 de septiembre y el 15 de octubre, donde se recibieron más de 475 criterios, sugerencias y comentarios.

 

A la vez, se realizaron innumerables encuentros de juristas en las provincias y universidades del país. Se han publicado varios artículos en los medios de prensa, programas radiales y televisivos. Se recibieron más de 5 400 mensajes y criterios al correo electrónico habilitado para esos fines; también se estudiaron los mensajes y comentarios de las personas en los medios de prensa digitales y las redes sociales.

 

Como resultado de este aportador proceso se realizaron las modificaciones siguientes:

 

De los 483 artículos de la versión 22, se modificaron 273, se eliminaron 17, se fusionaron 4 y se añadieron 8. Solo se mantuvieron sin cambios 192 artículos.

 

Conscientes de la utilidad de la tecnología en la dinamización de los procesos participativos en el ámbito de la creación normativa, se creó una APK para facilitar el estudio y análisis del anteproyecto. Es una experiencia innovadora producto de la alianza entre el Ministerio de Justicia, Lombao Estudios y el Proyecto Democracia e Institucionalidad en Cuba del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social 2030, que permite dosificar por títulos, capítulos, secciones y artículos el texto del proyecto, contrastarlos con la Constitución de la República, escribir notas de dudas, propuestas e interrogantes y enviarlas a los correos institucionales habilitados al efecto. Hoy la APK tiene más de 15 400 descargas en Apklis, sin contar las diversas formas de socialización que las redes digitales posibilitan.

 

El 17 de noviembre de 2021 fueron publicadas en el sitio web de la Asamblea Nacional del Poder Popular las normas jurídicas que fueron sometidas a análisis en la presente Sesión Ordinaria, entre las cuales se encuentra el proyecto del Código de las Familias. Además se habilitó, como es costumbre, una dirección electrónica que facilita la participación directa de nuestro pueblo en el proceso de creación normativa, permitiendo hacer de cada cubano y cubana, un legislador. Fueron recibidos 16 mensajes y criterios de la población por esta vía.

 

Los pasados días 7, 8 y 18 de diciembre, fueron efectuadas reuniones con diputados y diputadas para analizar la presente norma jurídica, con intercambios fructíferos y muy provechosos. Se realizaron 33 intervenciones y 19 propuestas de las que fueron aceptadas 8.

 

Debemos significar que los procesos de consulta especializada y de debates con las diputadas y diputados, responden a la necesidad de que la participación sea en función del rol de cada uno de nosotros en las dinámicas sociales, y que alcanzará su máxima expresión en la consulta popular a la que se someterá el proyecto de ley una vez que se apruebe por la Asamblea Nacional del Poder Popular y se convoque, conforme a la Constitución, este mecanismo de democracia directa, donde nuestro pueblo podrá ofrecer su opinión al respecto.

 

Diputadas y diputados:

 

El proyecto de Código de las Familias que sometemos a su consideración, es coherente con el texto constitucional. Como disposición jurídica complementaria, desarrolla varios de los derechos; optimiza principios y consagra valores, entre ellos los relacionados en los preceptos: 1; 13; 15; 40; 42; 43 y del 81 al 89 y los articula con las diversas instituciones jurídico-familiares en correspondencia con el carácter humanista de nuestro proceso revolucionario, los resultados de las investigaciones científicas en el campo familiar, desde una perspectiva multidisciplinaria, de la práctica judicial en Cuba y la mirada comparada a otros ordenamientos jurídicos de avanzada en este ámbito del Derecho.

 

Es un proyecto inclusivo, que maximiza los principios y valores constitucionales. Se destaca la técnica jurídica empleada que demuestra que se progresa en los procesos de creación normativa en el país.

 

Entre los principales aspectos del Proyecto del Código de las Familias señalamos:

 

Primero: Fortalece la responsabilidad familiar desde el punto de vista psicológico, educativo, formativo y económico, en la atención a sus miembros.

 

Segundo: Sitúa el amor, la dignidad humana, la igualdad, la no discriminación, la protección integral, el afecto, la solidaridad y la responsabilidad en lo más alto de los valores y principios familiares.

 

Tercero: Actualiza y perfecciona las instituciones jurídico familiares, tales como el parentesco, la obligación de dar alimentos, la filiación cualquiera sea su origen, las relaciones parentales, otras instituciones de guarda y protección, el matrimonio y la unión de hecho.

 

Cuarto: Potencia la igualdad de género en el espacio familiar, fortaleciendo la corresponsabilidad para el desempeño del trabajo doméstico y de cuidado.

 

Quinto: Amplía las variantes del régimen económico del matrimonio para lograr mayor autonomía de los cónyuges en la decisión más favorable a sus intereses.

 

Sexto: Garantiza la observancia y salvaguarda del interés superior de niños, niñas y adolescentes.

 

Séptimo: Protege a la juventud, a los adultos mayores y a las personas en situación de discapacidad en correspondencia con los mandatos constitucionales.

 

Octavo: Protege la maternidad y la paternidad y la promoción de su desarrollo responsable en sinergia con el respeto a los derechos de niñas, niños y adolescentes en el ámbito familiar, teniendo en cuenta su interés superior y autonomía progresiva.

 

Noveno: Reconoce el derecho de abuelas y abuelos y otros parientes consanguíneos, afines y de otra naturaleza; y de niños, niñas y adolescentes a una armónica y cercana comunicación entre ellos en el entorno familiar.

 

Décimo: Potencia la autodeterminación, preferencias y la igualdad de oportunidades en la vida familiar de las personas adultas mayores y a aquellas en situación de discapacidad.

 

Decimoprimero: Expresa el derecho a una vida familiar libre de violencia en cualquiera de sus manifestaciones y presenta fórmulas protectoras frente a estas situaciones.

 

Decimosegundo: Desarrolla las posibilidades de solución armónica de conflictos.

 

Decimotercero: Refuerza las fórmulas garantistas para personas en cualquier situación de desventaja o vulnerabilidad en el espacio familiar.

 

Decimocuarto: Brinda soluciones a los conflictos transnacionales que se deriven de las migraciones o de las relaciones entre personas cubanas y extranjeras.

 

Decimoquinto: Fortalece el papel de los Tribunales ante los litigios familiares; las competencias de la Fiscalía, la presencia de estos asuntos en el ámbito notarial y la responsabilidad del Ministerio de Justicia en la defensa y protección de las personas en situación de vulnerabilidad en el ámbito familiar.

 

Decimosexto: Se compatibiliza el contenido del Código de las Familias con los tratados internacionales en esta materia ratificados por la República de Cuba.

 

Podemos decir que es un proyecto que reconoce derechos a cada persona en el ámbito familiar, con independencia de que no concuerde o no se sienta reflejado en algún tema en específico.

 

Diputadas y diputados:

 

El Proyecto del Código de las Familias no fabrica ni impone modelos al ser reflejo de la realidad familiar cubana. La diversidad que articula, expresión del principio de pluralidad familiar, reconocido constitucionalmente, coloca a Cuba y su pueblo en una posición que capta las diferencias y las protege, amparando los derechos de todas las personas, el bienestar general, el respeto al orden público, a la Constitución y a las leyes.

 

Es un proyecto de sumas y multiplicaciones; de alternativas y oportunidades. Una conquista democrática, que reconoce los derechos de quienes no los tenían y los refuerza y garantiza a los que ya los disfrutaban.

 

Es el resultado de la participación de todas y todos en la construcción colectiva de una ley moderna, inclusiva, respetuosa y protectora de todos los derechos para todas las familias al proteger todas las expresiones de la diversidad familiar y el derecho de cada persona a constituir una familia en coherencia con la Constitución de la República y sus principios de igualdad, no discriminación y dignidad humana y expresión de un ejercicio genuino de participación popular, de nuestra democracia socialista y del respeto a los derechos humanos.

 

Muchas gracias

Etiquetas
Código de las Familias
Fuente
Ministerio de Justicia
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