INTERVENCIÓN DEL MINISTRO DE JUSTICIA: PRESENTACIÓN DE LA POLÍTICA PARA FORTALECIMIENTO DEL ASESORAMIENTO JURÍDICO ANTE LA ANPP.

Printer Friendly, PDF & Email
MJ
Danos tu opinión
Average: 3 (1 vote)

El Ministro de Justicia presentó ante el Parlamento Cubano la Política aprobada por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, destinada a reforzar el cumplimiento de las leyes y fortalecer el asesoramiento jurídico. Insistió en que  los directivos y entidades deben asumirlo como prioridad y destacó la necesidad de mejorar la calidad del trabajo del asesor jurídico.

Permiso para informar,

Miguel Díaz-Canel Bermúdez. Primer Secretario del Comité Central del Partido Comunista de Cuba y Presidente de la República;

Esteban Lazo Hernández. Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular;

Manuel Marrero Cruz. Primer Ministro;

Diputadas y Diputados,

Invitados:

En cumplimiento de las indicaciones de nuestro Primer Secretario del Comité Central del Partido Comunista de Cuba y Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, presento ante ustedes la Política para lograr el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones y el fortalecimiento del asesoramiento jurídico.

En su elaboración se tuvo como referente el llamado de la dirección del país a cumplir con el control de la implementación de las leyes, así como el resultado de las supervisiones realizadas por el Ministerio de Justicia a las entidades con asesoramiento jurídico y los intercambios con los órganos de dirección de las estructuras autorizadas a prestar servicios jurídicos.

El complejo y trascendental proceso de creación normativa, resultante de la Constitución de la República de Cuba, ha derivado en la aprobación hasta la fecha de 50 leyes y 123 decretos leyes, lo que refuerza un sistema jurídico integral, funcional, basado en la legalidad y la institucionalidad. Sin embargo, es insuficiente el control a la implementación de estas disposiciones jurídicas, lo que conlleva a su incumplimiento.

La concepción de “Estado Socialista de Derecho y Justicia Social” definido en el artículo 1 de la Constitución, exige que los órganos del Estado, instituciones, organismos, actores económicos, sociales y la ciudadanía encausen su funcionamiento en el más estricto respeto a las leyes.

La Carta Magna dispone en su artículo 9 que el cumplimiento de la legalidad socialista es una obligación de todos, y que los órganos del Estado, sus directivos y funcionarios, velan por el respeto de la legalidad en la vida de toda la sociedad y actúan dentro de los límites de sus respectivas competencias.

Es por ello que esta Política, aprobada por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros el 1 de julio de 2025, define conceptos sobre la actuación cotidiana de los directivos del país referidos a la exigencia y el cumplimiento de las disposiciones jurídicas que son imprescindibles para lograr el desarrollo de la Nación en un ambiente de legalidad y orden.

Diputadas y Diputados:

El Ministerio de Justicia, en cumplimiento de su misión y funciones específicas, ejerce la dirección técnica, normativa, metodológica y de control al asesoramiento jurídico de todos los sujetos reconocidos en el Decreto Ley 349 “Del Asesoramiento Jurídico”, de 17 de octubre de 2017.

El escenario en el que se desarrolla la actividad económica empresarial y comercial exige, por su complejidad, del actuar ético y profesional de los especialistas y operadores del Derecho que intervienen en los principales procesos de las entidades.

A partir de la actualización del modelo económico y de la amplia actividad legislativa del país, el asesoramiento jurídico requiere, por su complejidad, de juristas preparados y con una conducta ética que facilite la solución de los problemas y el acompañamiento en los principales procesos de las entidades.

Es en ese sentido, que se han aprobado las medidas siguientes:

PRIMERO: Reforzar el control a la implementación de las leyes:

Para ello se tiene que exigir en la actuación cotidiana de los directivos del país el principio que: El cumplimiento de las disposiciones jurídicas es, en primer orden, responsabilidad de cada una de las instituciones que abarcan su objeto de regulación. Nadie en lo individual ni en lo colectivo puede eludir su cumplimiento.

SEGUNDO: La exigencia y el cumplimiento de las disposiciones jurídicas es responsabilidad máxima del órgano, organismo o institución rectora del objeto de regulación de la norma jurídica.

TERCERO: En tanto el órgano que ejerció la iniciativa legislativa, que en el alcance de la Administración Central del Estado es el Consejo de Ministros, se refuerzan las acciones de exigencia por el Gobierno de la República; sobre:

  • La creación o correcta definición de las estructuras internas de las instituciones encargadas del cumplimiento de las disposiciones jurídicas y de su control y exigencia;
  • Los sistemas de trabajo que se establecen con este Objetivo, su evaluación y control por los órganos de dirección y la definición de las estrategias de formación y capacitación de los directivos, especialistas y trabajadores;
  • La eficacia de los sistemas estadísticos y de análisis de la información derivada de la implementación de las disposiciones jurídicas; y la incorporación de los retos del cumplimiento de las disposiciones jurídicas en las Estrategias de Comunicación Institucional y de Transformación Digital.

Asimismo, el Gobierno de la República reforzará las medidas ya aprobadas en el Sistema de Trabajo e implementadas por Instrucciones del Primer Ministro de que en las Visitas Gubernamentales a las provincias y Organismos de la Administración Central del Estado, se priorizará el estado de cumplimiento de las disposiciones jurídicas sobre todo las que están determinadas por leyes y decretos leyes aprobadas a partir de la Constitución de la República de Cuba.

También se incluirá este tema en la Rendición de Cuenta de Ministros, Jefes de Instituciones, Gobernadores y Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial, en los casos que se considere, ante el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros o el Consejo de Ministros.

CUARTO: Que el Ministerio de Justicia participe y, a decisión del Primer Ministro, ejerza la rectoría en la exigencia y control a los Organismos de la Administración Central del Estado y su sector empresarial, de los sistemas de trabajo establecidos para el cumplimiento de las disposiciones jurídicas.

QUINTO: Las direcciones de Justicia provinciales y municipales se encargan del control de estos sistemas de trabajo en las entidades de subordinación local que cuentan con asesoramiento jurídico propio, y las consultorías jurídicas provinciales del control a las entidades contratadas para la prestación de servicios jurídicos.

SEXTO: Mantener y lograr más efectividad de los encuentros mensuales del Ministro de Justicia con los Directores Jurídicos de los Organismos de la Administración Central del Estado y estabilizar ese sistema con las Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial que, por su importancia y complejidad, así se requiera.

Diputadas y Diputados:

Las medidas que en síntesis he explicado, requieren para su efectividad que logremos cumplir como principal prioridad (pudiéramos decir como prioridad dentro de las prioridades) incrementar la calidad del asesoramiento jurídico en la contratación económica, con énfasis en:

  • Las relaciones entre el sector estatal y no estatal,
  • Precios,
  • Cobros y pagos,
  • Cláusulas de calidad,
  • Producción de alimentos y su comercialización,
  • Encadenamientos productivos,
  • Negocios internacionales; y las
  • Modalidades de inversión extranjera

Pero es imprescindible que en los organismos, instituciones y sector empresarial se fortalezca la unidad de las áreas:

    • Jurídica
    • Economía
    • Contabilidad
    • Logística
    • Comercial
    • Auditoría/control interno

En virtud de lo dispuesto en el Decreto Ley 349 “Del Asesoramiento Jurídico”, de 17 de octubre de 2017, debemos exigir, de forma gradual y progresiva, la obligatoriedad del asesoramiento jurídico en todas las pequeñas y medianas empresas (excluir de esa obligatoriedad a las “micro” empresas), así como a las formas cooperativas. Hasta ahora el asesoramiento jurídico es asumido como opcional, lo que en no pocos casos favorece el desconocimiento de la importancia del asesoramiento jurídico para fomentar el ambiente de legalidad en su actuación y propicia que aparezcan fenómenos muy negativos como la contratación de juristas que no están vinculados a las instituciones del país o no están aprobados expresamente por el Ministerio de Justicia.

Debemos avanzar a un concepto del asesoramiento jurídico más integral y de acompañamiento permanente, que incluya el cumplimiento de las disposiciones jurídicas sobre:

-        Organización y funcionamiento estatutario

-        Contratación

-        Precios

-        Impuestos

-        Derechos laborales

En cada institución o entidad, es nuestro deber, de todos, actualizar los procedimientos internos para la contratación económica, el funcionamiento del Comité de Contratación y del órgano asesor que corresponda.

Verificar que toda propuesta de contrato se analice en este órgano asesor, con intervención de especialistas de las áreas implicadas (calidad, comercial, contabilidad, inversiones, entre otras).

Realizar análisis sistemáticos de los contratos con tracto sucesivo, en los que, de ser necesario, participe además la otra parte contratante (Ej: contratos de administración, ejecución de obras, prestación de servicios, suministro, entre otros).

Exigir que siempre se someta a consideración de los juristas encargados de la actividad de asesoramiento jurídico la propuesta del contrato para el correspondiente dictamen legal.

Lograr que los juristas encargados de la actividad de asesoramiento jurídico realicen acciones de control a la legalidad del proceso contractual con la periodicidad que requiera cada entidad, de manera que se controle el 100% de los contratos vigentes.

Diputadas y Diputados:

Para el cumplimiento de estos objetivos estratégicos debemos avanzar en enaltecer la función del asesor jurídico; para ello hemos concebido un proceso gradual y obligatorio de habilitación para todos los operadores del Derecho encargados de la actividad de asesoramiento jurídico.

También es importante que los Organismos de la Administración Central del Estado y entidades de subordinación local propicien y controlen el cumplimiento del plan de capacitación anual del asesor jurídico, con cargo a los gastos de cada entidad y sin perjuicio de otras acciones de superación profesional.

Continuaremos la aprobación excepcional de plazas de asesor jurídico propio en pequeñas y medianas empresas privadas, cooperativas agropecuarias, y cooperativas no agropecuarias, mediante Resolución del Ministro de Justicia, con su correspondiente publicación en el sitio web del Ministerio de Justicia.

La Política aprobada aborda la necesidad de que los cargos de asesores jurídicos en todas las entidades estatales se consideren como áreas sustantivas, por la trascendencia de la actividad que desempeñan, y el impacto favorable en el tratamiento salarial, y que se mejoren, en correspondencia a las posibilidades de cada institución, las condiciones de trabajo de los asesores jurídicos en relación a las oficinas, espacios de estudio y colegiación de criterios, medios de comunicación, acceso a Internet y transporte.

Consideramos que con estas medidas lograremos un impacto favorable en:

•        La implementación de las leyes en los sujetos de la economía, y el cumplimiento de la institucionalidad y mayor eficacia de las normas jurídicas en beneficio del desarrollo integral del país.

•        Se refuerzan las garantías de las partes al contar con un asesoramiento jurídico especializado en el control de la legalidad de todas las etapas del negocio; lo que permite alcanzar un nivel superior en las relaciones contractuales entre todos los sujetos de la economía.

Diputadas y diputados:

El carácter integral y de perfeccionamiento continuo de esta Política permitirá fortalecer la legalidad en los principales procesos que hoy se desarrollan en las entidades, con énfasis en la contratación económica, el control interno y el acompañamiento legal de las Formas de Gestión No Estatal.

Muchas gracias.

Etiquetas
Asamblea Nacional del Poder Popular ANPP
Fuente
Ministerio de Justicia de la República de Cuba

Añadir nuevo comentario

Esta pregunta es para comprobar si usted es un visitante humano y prevenir envíos de spam automatizado.

CAPTCHA de imagen
Introduzca los caracteres mostrados en la imagen.

Otras Noticias