Las Mipymes y su vínculo con el Registro Mercantil

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Las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme), como sujetos del Registro Mercantil, constituyó el tema abordado hoy por Alicia López Pérez directora del Registros de Bienes muebles e inmuebles y personas jurídicas del Ministerio de Justicia, en el programa Haciendo Radio de la emisora Radio Rebelde.
Al respecto la directiva explicó que, desde el mismo surgimiento de esta forma de gestión, en el año 2021, y a tenor con el Decreto Ley 46, primero, y después por el Decreto Ley 88/24 que lo modificó, se adoptó la decisión de inscribirlas en el Registro Mercantil, lo cual les permite adquirir personalidad jurídica.
Además, abundó, el registrador en su condición de funcionario público, asume la publicidad registral, así como válida la continuidad a otros trámites en el ámbito de las relaciones mercantiles frente a terceros.
López Pérez explicó que una vez inscrita la Mipyme, y en los casos de sufrir cambios o modificaciones, los dueños están obligados a mantener actualizada la información inicial pactada en el acto constitutivo y sus estatutos, entre esos, los relacionados con el cambio de denominación, socios, de domicilio u objeto social y disminución o aumento del capital.
Asimismo, dijo, deberán informar si se producen modificaciones en los órganos de dirección, operaciones de cuentas bancarias y cesiones de participaciones entre los mismos socios.
El registrador por su parte, subrayó, ejecuta las acciones de control, verifica que lo inscrito sea real y dispone medidas que en el caso de incumplirse pudieran dar origen a la paralización del negocio.
La Directiva del Ministerio de Justicia recalcó la importancia del cumplimiento de estas normativas porque bajo los principios registrales informados- dígase fe pública, legalidad, legitimidad- este acto protege a los empresarios en su actividad creadora y previenen delitos como el lavado de activos y el financiamiento al terrorismo.