En vigor primera Ley del Sistema de Atención a las Quejas y Peticiones de las Personas

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Transcurrido el plazo de tres meses después de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba entró hoy  13 de marzo en vigor la Ley del Sistema de Atención a las Quejas y Peticiones de las Personas.

Considerada la primera Ley de su tipo adoptada en la nación, la norma da uniformidad al procedimiento, reduce los plazos para la respuesta de las instituciones, dictamina la manera en que debe responderse y quien debe hacerlo y está a tono con lo preceptuado en la Constitución del año 2019.

La normativa que al decir del ministro de Justicia Oscar Manuel Silvera Martínez, impacta directamente en la consolidación de los derechos individuales y genera confianza en el proceso de institucionalización de la nación, fue aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular durante su última sesión de trabajo en su X Legislatura.

 Es esta una Ley con un rango de supremacía constitucional, que vela  por el  mantenimiento de la legalidad, la vinculación permanente con la población, la objetividad en el tratamiento, celeridad y transparencia de cada petición o queja y obliga desde sus postulados a que quienes tienen sobre sí el peso de atender a las personas lo hagan con un alto grado de sensibilidad y humanismo.

No es casual que entre los aspectos más relevantes la norma regule el tratamiento específico a las quejas y peticiones en las cuales estén involucradas personas con determinadas funciones públicas  como diputados y delegados del Poder Popular, magistrados, jueces, funcionarios y empleados de los tribunales de justicia.

 A partir de este instante serán las máximas autoridades de cada organismo, órgano y unidad organizativa, las responsables de implementar, dentro de su ámbito de acción, el sistema que responda por la efectividad de lo estipulado en la norma, así como adoptar las responsabilidades administrativas derivadas de las irregularidades detectadas, en un plazo no mayor de 30 días naturales prorrogables, únicamente, por situaciones de fuerza mayor.

Esas respuestas, aclara la legislación, después de analizadas e investigadas con la más absoluta reserva y de hacer alusión a cómo solucionar el problema o encauzarlo aun cuando se declare sin razón, será emitida por escrito y en ninguno de los casos podrán responderlas las personas cuestionadas o implicadas en los hechos investigados.

Sin dudas este es un paso que podría marcar el inicio hacia la mayoría de edad de un aspecto que durante años ha sido reclamo de la población, y es que resultaba contraproducente que después de dilatadas gestiones fallara el proceso administrativo y estas quedaran jurídicamente desamparadas, pues eso, además de impactar en la confianza del pueblo en la institucionalidad del país, creaba un malestar difícil de erradicar.

 Por todo ello se tuvo en cuenta años de reclamo justo adoptándose una revolucionaria ley que deberá repercutir en el ordenamiento jurídico cubano.

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ley de atención a las quejas y peticiones de las personas
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Atención a la población
Fuente
Enrique Valdés

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